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SE FILTRA LISTADO DE PERSONAS QUE YA NO RECIBIRÁN BONO FAMILIA

El listado pertenece a los municipios de Ipala, Concepción Las Minas y Esquipulas.

A través de Whatsapp se difunde un listado de personas que supuestamente ya no serán beneficiadas con el bono familia que está dando el Gobierno de Guatemala, el listado al parecer habría sido compartido por una bancada del congreso.

Según las nuevas modificaciones las personas que son excluidas serían:

  • Personas que sean servidores Públicos
  • Personas que cuenten con contratos administrativos de prestación de servicios vigentes con el sector público.
  • Personas que reciban beneficios derivados de cualquier sistema de pensiones incluyendo las clases pasivas cuyo beneficio sea de Q2 mil o más mensuales.
  • Personas que reciban pensiones del IGSS cuyo beneficio sea de Q2 mil o más mensuales.

EL DECRETO

DECRETO DEL CONGRESO 13-2020:
CAPÍTULO IIMEDIDAS ECONÓMICAS PARA ATENDER LA EMERGENCIA ARTICULO 2. Fondo Bono Familia…. para otorgar aportes de hasta de mil Quetzales (Q1,000.00).Para el otorgamiento del presente beneficio, deberán priorizarse a las personas en pobreza, madres solteras u hogares monoparentales, adultos mayores, las personas con discapacidad, las personas con enfermedades crónicas y degenerativas, y las familias con niños o niñas en estado de desnutrición; así como la concentración de fuerza laboral por departamento.Para garantizar la respuesta inmediata y efectiva a la población guatemalteca, privilegiando las medidas de distanciamiento social necesarias en el marco de la pandemia COVID-19, la Superintendencia de Bancos, emitirá las disposiciones y excepciones necesarias para que los bancos, sociedades financieras, bancos de ahorro y préstamos para vivienda familiar, instituciones de crédito, los grupos financieros y las empresas que conforman estas últimas, puedan abrir cuentas monetarias, cuyos beneficiarios serán las personas a que se refiere el presente artículo.
*Se excluyen de este beneficio:*
– Las personas que habitan en una vivienda cuyo consumo eléctrico mensual supere a los 200 KWh comprobables por medio del último recibo de energía eléctrica correspondiente al mes de febrero de 2020,

– Quienes sean servidores públicos,

-Quienes cuenten con contratos administrativos de prestación de servicios vigentes con el sector público.

Podrán recibir el presente beneficio las personas que reciban beneficios inferiores a los dos mil Quetzales (Q.2,000.00) mensuales, derivados de cualquier sistema de pensiones, incluyendo a las clases pasivas del Estado o reciban pensiones por el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social. Para el efecto, la verificación de los requisitos se hará de forma electrónica.El Ministerio de Desarrollo Social definirá las condiciones y requisitos necesarios para acceder a los beneficios de este Fondo, así como el manejo de los casos especiales que no deberán superar el 10% del total de beneficiarios. Entre ellos, aquellas personas o familias que no gozan del servicio de energía eléctrica y que por su condición socioeconómica deban ser incluidas en el presente Fondo…

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